El decreto de referencia consta de 6 arts., modifica el D.N.U. Nro. 332/2020 habilitando a quienes desarrollen actividades y servicios esenciales que se hayan visto perjudicados a acceder a los beneficios previstos en el mismo, y su vez, dispone la creación de un Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa de Emergencia al Trabajo y la Producción.
Principales Aspectos
En su art. 1 dispone la creación de un Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción, que analizará el impacto de las medidas paliativas llevadas a cabo y determinará si incluye a más empresas dentro del paquete de ayuda del Estado.
Dicho comité estará integrado por los ministros Matías Kulfas (Desarrollo Productivo), Martín Guzmán (Economía), Claudio Moroni (Trabajo, Empleo y Seguridad Social), y la titular de AFIP, Mercedes Marcó Del Pont.
Las funciones que tendrá el comité serán:
a. Definir, con base en criterios técnicos, los hechos relevantes que justifiquen la inclusión de los sujetos beneficiarios en el programa de asistencia para empresas.
b. Dictaminar, con base en criterios técnicos y en las definiciones establecidas conforme el inciso a), respecto de la situación de las distintas actividades económicas y recomendar o desaconsejar su inclusión.
c. Dictaminar, con base en criterios técnicos y en las definiciones establecidas conforme el inciso a), respecto de los pedidos específicos que requieran un tratamiento singular y recomendar o desaconsejar su inclusión.
d. Proponer al Jefe de Gabinete de Ministros todas las medidas que considere conducentes a fin de lograr una mayor eficacia en el cumplimiento de los objetivos del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción.
Modificaciones D.N.U. Nro. 332/2020
El art. 2 modifica el art. 4 del Decreto N° 332/2020.
El art. 4 establecía que quedaban excluidos de los beneficios aquellos sujetos que realizan actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia sanitaria y cuyo personal haya sido exceptuado del cumplimiento del aislamiento social preventivo y obligatorio.
Si bien, dichos sujetos continúan estando excluidos, el Decreto 347 aclara que, sin perjuicio de ello, y atendiendo a especiales circunstancias que hubieran provocado alto impacto negativo en el desarrollo de su actividad o servicio, los referidos sujetos podrán presentar la solicitud para ser alcanzados por los beneficios previstos.
Asimismo, se detalló que el Jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, será quien decida respecto de la procedencia y alcance de los pedidos que se realicen para acogerse a los beneficios contemplados, previo dictamen del Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción fundamentado en criterios técnicos.
En ese sentido, empresas alimenticias, estaciones de servicios, ferreterías, mutuales de créditos y empresas de salud, podrán solicitar acceder al esquema, siempre y cuando puedan probar el impacto negativo de la cuarentena en sus ventas.
Vigencia
La presente medida entró en vigencia el 6.04.2020, día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
Operatividad
Al momento de la realización del presente, no se encuentra reglamentado el presente decreto, por lo que aún no se encuentran establecidas las normas para acceder a los beneficios.
Observaciones y comentarios
Especialistas tributarios advierten por la complejidad del mecanismo de decisiones, lo que puede derivar en demoras y discrecionalidades en la prestación del apoyo.
Sebastián Domínguez, de SDC Asesores Tributarios, advirtió que el proceso de admisión para estas empresas supone “mucha burocracia” que dificultará el acceso a los beneficios antes de las fechas de pago de las contribuciones patronales y resaltó que las Pymes necesitan la asistencia de forma urgente.
“El comité no va a tener tiempo para operativamente establecer los requisitos, que los contribuyentes se presenten, lo analizan y lo aprueben, con lo cual habría que disponerse una prórroga. Esto genera mucha burocracia que va a dificultar acceder a los beneficios. El gobierno no quiere tomar medidas generalizadas ni laxas”, señaló a este medio.
Y agregó: “La toma de decisiones sobre las empresas de sectores esenciales que quieran incorporarse, que está bien que puedan hacerlo, va a generar discrecionalidad. Van a ser resoluciones particulares en base a lo que defina el comité en cada caso. Si son muchas las empresas que se presentan, analizar todos los casos, dictaminar y que defina la Jefatura de Gabinete, puede llevar muchos días y no lograr el objetivo buscado. Hay poco tiempo”
Por su parte, el tributarista Ezequiel Passarelli también advirtió por el tiempo que puede llevar la aplicación del programa, lo que genera incertidumbre entre las empresas que esperan obtener los beneficios.
“El problema con todo esto son los tiempos, porque tienen que fijarse los parámetros, las empresas deben probar que sus ingresos fueron perjudicados y el Comité tiene que analizar los casos para que la Jefatura de Gabinete defina. A todo esto, el lunes ya vencen las cargas sociales de marzo y muchas empresas ya empezaron a preguntarse si deben pagarlas o no”, comentó.
En ese sentido, Domínguez remarcó que muchas pymes no registraron ingresos en las últimas semanas y atraviesan severos problemas para abonar sueldos y cargas sociales.
“Las pymes no pueden pagar los sueldos, no van a poder pagar las cargas sociales. Necesitan ya los beneficios, y parece que el proceso es lento. Debería ser mucho más rápido, hay empresas que tuvieron cero ingresos”, dijo, y remarcó que hay muchas pymes y monotributistas que facturaron con normalidad pero no pudieron cobrar, lo que los excluye de este beneficio.
“Este decreto no soluciona la situación de las empresas que no sean de sectores en problemas ni empleados afectados que no hayan disminuido sus ventas, pero sí hayan visto disminuidas sus cobranzas. No es lo mismo ventas que cobranzas, hay empresas que pudieron haber facturado y no haber cobrado. Debería contemplarse también a aquellas firmas que vieron una reducción de cobranzas”, explicó.